5 errores que evitar al factuar 3.3

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Los grandes cambios implementados por el SAT para la facturación 3.3, han significado bastante esfuerzo de aprendizaje para los contribuyentes.

Te presentamos 5 errores comunes al facturar y de esta manera evitar que tus facturas sean rechazadas y en un futuro evitarte multas por parte del SAT.

Un error común es seleccionar método de pago PUE (Pago en una sola exhibición) a facturas que aún no fueron pagadas. Considerando que el pago que recibirán más adelante sería una sola transacción.

En caso de que el cliente planee realizar el pago del CFDI en una fecha posterior a la emisión del documento:

· Se considera como pago diferido (así sea en una sola exhibición) seleccionar como método de pago PPD (Pago en parcialidades o diferido)

· Invariablemente la forma de pago será Por definir.

Para las facturas que sean pagadas el mismo día:

· Se deberá seleccionar el método de pago PUE (Pago en una sola exhibición)

Otro error es definir la “Forma de Pago” antes del pago.

Anteriormente era común definir este campo antes de recibir el pago, sin embargo, en la versión 3.3 el indicar la forma de pago significa para el SAT que el pago fue recibido y considerará que ya recibiste ese ingreso, por lo tanto, requerirá que pagues el impuesto correspondiente.

Si el pago no se realiza el mismo día de la emisión del documento se deberá poner “Por definir”.

Emitir todas las facturas con el campo de uso “Por definir”.

Si aún no se tiene el dato de uso para que se utilizará el comprobante se puede utilizar “por definir”, sin embargo, se recomienda recopilar este tipo de información del cliente antes de facturar, de esta manera los CFDIs reflejaran información verídica.

El SAT ha establecido que en caso de que el dato de Uso de CFDI sea incorrecto, no se generaran penalizaciones al emisor, sin embargo es probable que en un futuro este dato sea validado.

Si se tiene al menos un Complemento de Pago que acredite que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI emitido por el total de la operación NO podrá ser cancelado.

Las correcciones deberán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones.

Solamente se podrá cancelar en caso de que el RFC del receptor sea erróneo, y deberá de ser sustituido por un nuevo comprobante con la clave del RFC correcta, también deberán sustituirse los complementos de pagos relacionados al comprobante cancelado.

Si existe algún error en el comprobante del complemento de pagos, este podrá ser cancelado, pero invariablemente deberá de ser sustituido por otro complemento con los datos correctos.

Si el error se debe a que el complemento no debió emitirse por que la contraprestación ya se había pagado totalmente, al cancelarse deberá de ser sustituido por otro con un importe de un peso.

Por el momento el SAT ha concedido un tiempo de gracia, y no aplicará multas si el contribuyente comete un error en las claves de los productos o la medida de estos, siempre y cuando estén bien descritos en los campos correspondientes.

Sin embargo,  aún no se conoce el tiempo que durará este periodo de gracia, se calcula que durará solo el primer semestre del año, por lo que los contribuyentes debemos acelerar el proceso de aprendizaje, y de esta manera evitar errores en nuestras nuevas facturas.

De acuerdo a los especialistas, una vez que termine esta prórroga en la que el SAT “perdonará los errores”, si los contribuyentes cometemos errores por ejemplo en la clave o medida de los productos, los contribuyentes enfrentarán estas multas:

Persona física: de $ 1,240.00 pesos a $2,410.00 pesos.

Persona moral: de $ 13,5470.00 pesos a $77,580.00 pesos.

Los datos mencionados en este ebook deberán de ser tomados como recomendaciones, Soluciones en Cómputo y Telecomunicaciones S.A. de C. V. se deslinda de cualquier responsabilidad sobre la información capturada por los usuarios.